SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0540/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0540/2016-S3

Fecha: 09-May-2016

concedió

El Tribunal Octavo de Sentencia Penal del departamento de Santa Cruz, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución 15/2015 de 27 de noviembre, cursante de fs. 138 a 141, concedió la tutela solicitada, anulando el Auto de Vista 19 de 21 de septiembre de 2015, disponiendo que la Sala Penal Tercera de ese departamento pronuncie nueva resolución sin renovar el acto; sea sin costas por ser excusable, bajo los siguientes fundamentos: i) El ahora accionante no tenía la obligación de presentar pruebas, ya que la carga de la prueba correspondía al Ministerio Público, por lo cual se realizó una interpretación errónea al pensar que el imputado debía demostrar su inocencia, contraviniendo la garantía constitucional de presunción de inocencia establecida en el art. 116.I de la CPE; ii) La Fiscalía no manifestó de qué manera el actual accionante podría influir negativamente en los testigos que todavía no presentaron sus declaraciones; iii) La renuncia voluntaria de los trabajadores no fue entendida de forma objetiva por parte del Tribunal ad quem; iv) Los Vocales ahora demandados introdujeron un elemento que no fue considerado en la Resolución apelada (cédula de identidad de la presunta víctima), sin tomar en cuenta que en su resolución no deben agregar otros elementos, sino más bien pronunciarse sobre los que ya están considerados en la Resolución impugnada; v) La valoración negativa de las pruebas realizada por los Vocales ahora demandados solo generó que se agrave la situación del hoy accionante, cuando lo correcto era la aplicación del art. 400 del CPP; y, vi) No se aplicó el principio de favorabilidad en relación al imputado, manteniéndose la excepción y no la regla general; es decir, imponiéndose la detención preventiva y no la libertad.