Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0552/2016-S2
Fecha: 27-May-2016
CONFIRMAR en todo
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda, en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 44.1 del Código Procesal Constitucional, en revisión, resuelve: CONFIRMAR en todo la Resolución 12 de 3 de febrero de 2016, cursante de fs. 111 a 113, pronunciada por la Sala Social Contencioso Tributario y Contencioso Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; y, en consecuencia DENEGAR la tutela solicitada, aclarando que no se ingresó al fondo de la problemática planteada.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- III.1.
- III.2. La acción de amparo constitucional y el principio de inmediatez
- III.3. Análisis del caso concreto
- la conminatoria es obligatoria en su cumplimiento a partir de su notificación cuya impugnación no implica la suspensión de la ejecución y sin perjuicio de lo dispuesto, el trabajador o trabajadora, podrá interponer las acciones constitucionales que correspondan
- CONFIRMAR en todo