Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0552/2016-S3
Fecha: 16-May-2016
a)
La accionante a través de su abogado, ratificó los términos expuestos en la demanda de acción de amparo constitucional y ampliándolos señaló que: a) Al haber sido despedida de un momento a otro la incluyeron como funcionaria de libre nombramiento para no pagarle sus beneficios sociales, violentando el Decreto Supremo (DS) 28699 de 1 de mayo de 2006, sobre la estabilidad laboral; y, b) Se la privó del derecho al trabajo, además de vulnerar el derecho al debido proceso ya que no se le siguió un proceso administrativo para despedirla, negándole el derecho a la defensa.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- improcedente”
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La carrera administrativa como componente fundamental de la administración pública
- Los servidores públicos provisorios gozan de los mismos derechos establecidos en el art. 7.I EFP; empero, no pueden impugnar las resoluciones que impliquen su remoción; es decir no gozan de la inamovilidad laboral
- III.2. Análisis del caso concreto
- CORFIRMAR