SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0552/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0552/2016-S3

Fecha: 16-May-2016

improcedente”

La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 05 de 29 de diciembre de 2015, cursante de fs. 133 a 134 vta., declaró “improcedente” la acción de amparo constitucional bajo el siguiente razonamiento: La parte accionante ya intentó una anterior acción de amparo que fue rechazada por la Sala Civil Primera bajo el argumento que: “No se habría agotado las vías previas para acudir a la acción de defensa constitucional que hacen obviamente al cumplimiento del principio de subsidiariedad que se encuentra establecida en el Art. 54 del Código procesal constitucional” (sic); es decir, que no agotó la vía laboral o administrativa para impugnar el memorando de despido, desprendiendo de esto que más bien consintió y por lo tanto, al no utilizar el recurso que le facultaba la ley, para buscar que el Tribunal Constitucional Plurinacional conozca dicha acción el amparo pueda revisar estas actuaciones, por lo que ese Tribunal de garantías se encontraría impedido de realizar otro análisis que no sea el que ya se juzgó constitucionalmente.