Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0552/2016-S3
Fecha: 16-May-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante señala como lesionados sus derechos al trabajo, a la estabilidad laboral, al debido proceso, a la “seguridad jurídica”, porque su persona ofreció sus servicios al Gobierno Autónomo del Departamento de Santa Cruz y después de algunos días la convocaron para ocupar el cargo de Secretaria de la Dirección de Contaduría de la mencionada entidad y que al poco tiempo y sin previo aviso la destituyeron de su cargo, por lo que solicita mediante la presente acción de defensa que se disponga la inmediata reincorporación a su fuente laboral, más el pago de sueldos devengados, daños y perjuicios, así como costas procesales.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- improcedente”
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La carrera administrativa como componente fundamental de la administración pública
- Los servidores públicos provisorios gozan de los mismos derechos establecidos en el art. 7.I EFP; empero, no pueden impugnar las resoluciones que impliquen su remoción; es decir no gozan de la inamovilidad laboral
- III.2. Análisis del caso concreto
- CORFIRMAR