SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0573/2016-s2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0573/2016-s2

Fecha: 30-May-2016

1)

Cintia Natusch Candia, Fiscal de Materia, mediante informe por WhatsApp de 25 de marzo de 2016, cursante a fs. 8, señaló que: 1) Su persona atiende dos provincias: San Joaquín y Mamore; y, 2) El 24 de ese mes y año, cuando se encontraba en San Joaquín, donde tiene su domicilio, tuvo una denuncia por el delito de falsificación de moneda, denuncia hecha por Virginia Zurita Aranibar contra Álvaro y Cinthia Sullcani Mollo, en el acto de la aprehensión de André Gromiko López Castillo, que fue comunicado vía celular, donde el policía de Magdalena informó de una infracción de tránsito y que fue arrestado dicho ciudadano por infracción de tránsito y luego aprovecharon a ejecutar la orden de aprehensión ordenada por los Fiscales de la Fiscalía Corporativa y cuando se comunicó con la Fiscalía Departamental del Beni, le indicaron que existía cooperación directa desde la Fiscalía de Santa Cruz hacia la Fiscalía del Beni, respecto a la aprehensión emitida desde la Fiscalía de Santa Cruz.

El accionante señala que fueron lesionados sus derechos a la libertad, debido proceso, jurisdicción y el principio de objetividad; manifestando que: 1) Sin ninguna orden emanada de autoridad competente fue detenido y aprehendido, luego se le condujo a las dependencias de la policía de Magdalena, donde se encuentra arrestado desde horas 20:00, del 23 de marzo de 2016; y, b) Con dicho accionar las autoridades ahora demandadas, traspasaron el límite de lo que se entiende por legal e ilegal; toda vez que, para restringir el derecho a la locomoción que tiene un ciudadano, debe cumplirse con las formalidades que exige los arts. 128 y 129 del CPP.