SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0581/2016-S1
Fecha: 23-May-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes en representación de CIMSA S.A. denunciaron la vulneración de sus derechos al debido proceso, a la igualdad procesal y al juez natural en su elemento del juez imparcial y el principio de seguridad jurídica, toda vez que, el Juez Público Civil y Comercial Noveno del departamento de La Paz en suplencia legal de su similar Octavo, fue recusado por CIMSA, actuado que suspendía su competencia para pronunciar una resolución de fondo, empero, dicha autoridad de manera ilegal emitió la Resolución 13/2016 de 18 de enero, sin que se haya resuelto la recusación planteada por el Tribunal Superior, pronunciándose de esta manera una Resolución ilegal e infringiendo ampliamente lo establecido por el art. 353.V del CPC.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre la interpretación de la legalidad ordinaria
- la interpretación de la legalidad ordinaria le corresponde a las autoridades judiciales o administrativas
- denunciaron la vulneración de sus derechos al debido proceso, a la igualdad procesal y al juez natural en su elemento del juez imparcial y el principio de seguridad jurídica
- REVOCAR en parte