Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0612/2016-S3
Fecha: 24-May-2016
II.3.
II.3. Mediante Resoluciones 787/15-16 y 734/15-16, ambas de 25 de noviembre de 2015, se concedió el indulto a Ramiro Siancas Muñoz y Eliseo Gutiérrez Condori -actualmente accionantes-, disponiendo la remisión de dichas Resoluciones al Juez de Ejecución Penal para su homologación conforme al art. 5.III.5 del Decreto Presidencial 2131, y se libre mandamiento de libertad, fallos pronunciados por Roció Quipildor Ramírez, Directora Departamental de Régimen Penitenciario de Cochabamba, con el visto bueno de Jorge López Arenas, Director General de Régimen Penitenciario del Ministerio de Gobierno (fs. 12 a 14; y, 33 a 35).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR