SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0614/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0614/2016-S1

Fecha: 30-May-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 11 de diciembre de 2015, a horas 5:00. aproximadamente, se suscitó un hecho de tránsito de colisión por alcance con muerto y heridos, en la carretera Caranavi La Paz, a la altura de la represa de Incachaca, en la que chocó su vehículo tipo vagoneta, de servicio público, en la parte posterior de la volqueta que estaba estacionada en el lugar señalado, porque la misma no tenía luces traseras y no contaba con las señales para estacionar su motorizado, por lo que existe un acta de aprehensión en su contra, con la misma hora, fecha y año, que llevaba la firma de Tito Paz Ramos, el que presuntamente se ejecutó; sin embargo, no lleva su firma, ni rúbrica, como tampoco sus huellas digitales, toda vez que, no se le hizo conocer, al igual que el acta de secuestro del vehículo que conducía, como el inventario, existiendo a su vez un informe de inicio de investigación y remisión de aprehendido de conformidad al art. 228 del Código de Procedimiento Penal (CPP), por lo que nunca se le aprehendió legalmente, al no haberse materializado el hecho, de conformidad a lo establecido en los arts. 227.1 y 230 del CPP.

El Fiscal que conoce la causa emitió una Resolución de aprehensión el 22 de marzo de 2016, en virtud al art. 226 del Código señalado, sin tomar en cuenta las formalidades que señala dicha disposición, por cuanto al emitirse una orden de aprehensión ilegal, sujeta a la mencionada Resolución, se vulneró sus derechos y garantías fundamentales, ofreciendo como prueba el cuaderno de investigaciones.