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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0614/2016-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0614/2016-S1

    Fecha: 30-May-2016

    II.3.

    II.3. Corre informe Preliminar, de 11 de diciembre de 2015, emitido por Cesario Cussi, dependiente de la Patrulla Caminera, con el visto bueno del Jefe de la División Investigaciones Accidentes de la Dirección Departamental de Transito de la Policía Boliviana, adjuntando Certificado de Defunción del fallecido en la colisión por alcance, emitido por la Médico Forense del Instituto de Investigaciones Forenses. (fs. 17 a18)

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • denegó
    • II.3.
    • II.6.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.10.
    • II.11.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • Se aclara que el razonamiento expuesto en los párrafos anteriores, únicamente está destinado a la aplicación de la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad y, por lo mismo, de ninguna manera implica limitar la posibilidad que tiene el aprehendido de acudir con su reclamo ante el juez cautelar de turno a efecto que dicha autoridad se pronuncie sobre la legalidad formal y material de su aprehensión; sin embargo, se precisa que en ese supuesto, la persona aprehendida ya no podrá acudir de manera paralela con su reclamo ante la justicia constitucional a través de la acción de libertad, sino sólo cuando la autoridad jurisdiccional de turno no hubiere reparado la supuesta lesión denunciada por el imputado’”.
    • III.2.
    • CONFIRMAR

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