SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0614/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0614/2016-S2

Fecha: 30-May-2016

Fragmento 13

           De los antecedentes procesales cursantes en obrados, se constata que el Director Nacional de Recursos Humanos a.i. del Consejo de la Magistratura emitió la Circular CM-DNRH- 061/2014 de 10 de septiembre, señalando que: “El art. 44 num. II del Acuerdo 121/2012, establece la facultad de los servidores públicos del Órgano Judicial, poder hacer uso de dos horas mensuales para atender asuntos particulares en virtud de que este derecho está siendo mal utilizado por algunos servidores públicos, hace conocer que estas dos horas podrán fraccionarse en periodos no menores a una hora y la misma no puede ser utilizada para compensar atrasos en el horario de ingreso” (sic.), decisión administrativa que fue notificada a los miembros de la A.M.A.CH, el 18 de septiembre de 2014.