SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0643/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0643/2016-S2

Fecha: 30-May-2016

III.2.  El ejercicio de la jurisdicción indígena originaria campesina y sus límites

El art. 1 de la CPE, señala: “Bolivia se constituye en un Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, libre, independiente, soberano, democrático, intercultural, descentralizado y con autonomías. Bolivia se funda en la pluralidad y el pluralismo político, económico, jurídico, cultural y lingüístico, dentro del proceso integrador del país”. De esta premisa constitucional dimanan las características del Estado diseñado por el Constituyente boliviano, en el que el pluralismo y la pluralidad adquieren notoria preponderancia en la construcción del “Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario”.