Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0183/2016-RCA
Fecha: 17-Jun-2016
por no presentada
La indicada Sala, mediante Resolución 27/2016 de 27 de abril, cursante a fs. 92, declaró por no presentada la acción de amparo constitucional; manifestando que de la lectura del memorial se evidenció que no se subsanó los puntos tres, cuatro y cinco, al no haber aclarado los términos de su acción de defensa, como tampoco se precisó el nexo de causalidad de los actos lesivos con los derechos supuestamente vulnerados, pretendiendo que se actué como un Tribunal ordinario.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- por no presentada
- i)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2. De los requisitos de admisión que deben contener las acciones de amparo
- II.3. Deberes de los jueces o tribunales de garantía en la etapa de admisión de la acción de amparo
- la acción se tendrá por no presentada
- Fragmento 11
- II.4. Análisis del caso concreto
- debiendo ser enunciada de manera clara, concreta e indubitable,
- CONFIRMAR