AUTO CONSTITUCIONAL 0186/2016-RCA
Fecha: 24-Jun-2016
a)
Solicita se conceda la tutela, disponiendo la nulidad de la nota MOPSV/DGAA/URH 0064/2016 de 22 de abril, suscrita por Claudia Sejas Martínez, Jefa de RR.HH, debiendo el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda efectuar las siguientes medidas: a) La aceptación inmediata de la renuncia sin sujetar al cumplimiento de vacaciones y disponer su pago; b) Proceder a la baja del SIGMA a partir del 15 de abril de 2016 en que se hizo efectiva la desvinculación con la entidad, para cobrar sueldos de abril y mayo en la nueva entidad en la cual cumple funciones; y, c) Se proceda a la baja de la CNS para no causar perjuicio con la nueva entidad en la que se podrá efectuar el registro de altas y bajas.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- o se acojan al retiro voluntario antes de cumplir un nuevo año de servicios, tendrán derecho a percibir la compensación de la vacación en dinero por duodécimas
- a)
- 1)
- improcedente
- Adjunté documental que acredite el cumplimiento del principio de subsidiariedad”
- Fragmento 8
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la oportunidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno, así:
- i)
- CONFIRMAR