Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0191/2016-RCA
Fecha: 24-Jun-2016
CONFIRMAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional de conformidad a lo establecido por el art. 30.III del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 164/2016 de 24 de mayo, pronunciada por el Juez Público Civil y Comercial Onceavo del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías.
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I
- a)
- 1)
- por no presentada”
- Fragmento 7
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la oportunidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno,
- II.3. Análisis del caso concreto
- se proceda con la retención del 20% del concepto de ABONOS POR PAGO DE PLANILLAS, liberando el restante de los montos
- CONFIRMAR