Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0615/2016-S3
Fecha: 01-Jun-2016
II.10.
II.10. La hoy accionante mediante memorial presentado el 12 de febrero de 2016, ante la autoridad judicial ahora demandada solicitó corrección procesal conforme al art. 168 del CPP, respecto de la admisión de la imputación y la correspondiente emisión de la Resolución 12/2016 de rebeldía y mandamiento de aprehensión (fs. 97 a 101).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.7.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- para que la garantía de la libertad personal o de locomoción pueda ejercerse mediante el recurso de hábeas corpus cuando se denuncia procesamiento ilegal o indebido deben presentarse, en forma concurrente
- III.2. La solicitud de revocatoria de la resolución de rebeldía: recurso intraprocesal idóneo e inmediato como supuesto de subsidiariedad excepcional en acción de libertad
- No comparezca sin causa justificada a una citación
- Si justifica que no concurrió debido a un grave y legítimo impedimento, la rebeldía será revocada y no habrá lugar a la ejecución de la fianza
- Fragmento 13
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.3.1. Respecto a la solicitud de dejar sin efecto la notificación con la imputación y el señalamiento de audiencia de consideración de medidas cautelares
- III.3.2. Sobre la petición de dejar sin efecto la Resolución 12/2016 de 14 de enero que declara la rebeldía
- CONFIRMAR