Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0615/2016-S3
Fecha: 01-Jun-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante a través de su representante denuncia la lesión de sus derechos al debido proceso y a la defensa, alegando que no fue notificada legalmente con la imputación, ni con los señalamientos de audiencia de medidas cautelares y en su indefensión se la declaró rebelde y se dispuso la emisión del mandamiento de aprehensión.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.7.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- para que la garantía de la libertad personal o de locomoción pueda ejercerse mediante el recurso de hábeas corpus cuando se denuncia procesamiento ilegal o indebido deben presentarse, en forma concurrente
- III.2. La solicitud de revocatoria de la resolución de rebeldía: recurso intraprocesal idóneo e inmediato como supuesto de subsidiariedad excepcional en acción de libertad
- No comparezca sin causa justificada a una citación
- Si justifica que no concurrió debido a un grave y legítimo impedimento, la rebeldía será revocada y no habrá lugar a la ejecución de la fianza
- Fragmento 13
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.3.1. Respecto a la solicitud de dejar sin efecto la notificación con la imputación y el señalamiento de audiencia de consideración de medidas cautelares
- III.3.2. Sobre la petición de dejar sin efecto la Resolución 12/2016 de 14 de enero que declara la rebeldía
- CONFIRMAR