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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0617/2016-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0617/2016-S3

    Fecha: 01-Jun-2016

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    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • privado de libertad en calidad de depósito por más de 14 horas
    • denegó
    • II.2
    • II.3.
    • a)
    • III.1. El control jurisdiccional dentro de un proceso penal, se encuentra a cargo del Juez cautelar
    • En los casos en los que ya se cumplió con dicha formalidad procesal; es decir, con el aviso del inicio de la investigación, al estar identificada la autoridad jurisdiccional, es ante ella donde se debe acudir en procura de la reparación y/o protección a sus derechos.
    • cuando quien recurre de hábeas corpus, acciona en forma paralela un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico
    • III.3.
    • 1)
    • III.4.1. Respecto de la alegada aprehensión policial ilegal y privación de libertad en dependencias policiales
    • III.4.2. Respecto de la detención preventiva cuestionada
    • III.4.3. Respecto de la alegada dilación en la realización de la audiencia en apelación y resolución de su situación jurídica
    • CONFIRMAR

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