SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0624/2016-S1
Fecha: 03-Jun-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
De los antecedentes que cursan en obrados se infiere que, el conflicto jurídico venido en revisión versa sobre la vulneración del derecho a la libertad, libre locomoción, al trabajo, al debido proceso en su vertiente de valoración razonable de la prueba y a la impugnación, por cuanto las autoridades demandadas en grado de apelación pronunciaron la Resolución 177/2015 de 28 de octubre, no dieron estricto cumplimiento a la Resolución 59/2015 de 22 de septiembre, pronunciada en la acción de libertad planteada por los imputados contra el Tribunal de alzada, que nuevamente modificó la medida cautelar de presentación de garante personal por una fianza real de Bs 15 000 00 (quince mil 00/100 bolivianos) para cada uno, sin considerar que el querellante solicitó la revocatoria y no así la modificación o agravación de las medidas cautelares sustitutivas a la detención preventiva.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principio supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2.De la acción de amparo constitucional
- III.3.
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17