Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0639/2016-S1
Fecha: 03-Jun-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denunció la vulneración de sus derechos a la libertad, debido proceso, a una justicia pronta, oportuna y sin dilaciones, a la defensa, y a la “seguridad jurídica” por cuanto el Juez demandado, no remitió actuados ante el tribunal de alzada, a objeto de resolver el recurso de apelación incidental contra la Resolución de aplicación de medida cautelar, planteado oralmente en audiencia; habiendo transcurrido más de treinta y cuatro días desde la orden de remisión hasta la presentación de esta acción tutelar.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1
- II.2
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético-morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Estado
- III.2.1. De la acción de libertad
- III.2.2. La acción de libertad en el Código Procesal Constitucional
- ejecutarlas
- 3°