SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0652/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0652/2016-S1

Fecha: 03-Jun-2016

concedió

El Juez Público de Partido y de Sentencia Penal Primero de Caracollo del departamento de Oruro, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 1/2016 de 17 de marzo, cursante de fs. 25 a 27, concedió la tutela solicitada y dispuso la nulidad del Auto Interlocutorio de 8 de marzo de 2016 y ordenó se fije nueva audiencia de revocatoria de medidas cautelares, dentro del plazo de setenta y dos horas, sobre la base de los siguientes fundamentos: a) Si bien, el accionar de la impetrante de tutela denota negligencia al no haber provisto los recaudos de ley a objeto de la tramitación del recurso de apelación contra el Auto Interlocutorio de 5 de enero de 2016; sin embargo, la notificación a la misma en tablero del Juzgado Público Mixto de Instrucción Penal Primero de Caracollo del mismo departamento con el proveído de audiencia de revocatoria de medidas sustitutivas y consiguiente inasistencia a la referida audiencia le ocasionó indefensión, aspecto que debe regularizarse; y, b) En el Auto Interlocutorio de revocatoria de medidas sustitutivas, no se especificó de forma concreta los datos de la resolución que fue revocada ni la fecha de la misma, tampoco se determinó el tipo de mandamiento que se ordenó librar contra la imputada –hoy accionante–.