SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0656/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0656/2016-S1

Fecha: 15-Jun-2016

Fragmento 16

En ese contexto, corresponde referirnos al DS 0495 de 1 de mayo de 2010, que modifica el art. 10.III del DS 28699 de 1 de mayo de 2006, estableciendo que si el  trabajador opta por su reincorporación, puede recurrir a este efecto ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social y si es constatado que el despido es injustificado, procederá a conminar al empleador para que sea reincorporado de forma inmediata, con todos los beneficios correspondientes; además de ello prevé que la conminatoria es de cumplimiento obligatorio desde su legal notificación, la misma puede ser recurrida en la vía judicial; sin embargo, esta impugnación en ningún caso implicará la suspensión de su ejecución; en caso de desacato a la misma, el trabajador queda facultado para recurrir a la justicia constitucional.