SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0679/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0679/2016-S1

Fecha: 15-Jun-2016

1)

La parte accionante ratificó in extenso lo expuesto en el memorial de demanda y ampliándolo manifestó que: 1) En un estado de derecho tienen que respetarse las leyes existentes, teniendo como finalidad de la acción de libertad presentada, carácter preventivo al impedir que se ponga en riesgo la libertad del accionante y correctivo al “evitar las condiciones en las que se encuentra” (sic); 2) El accionante no fue notificado, solo se estarían manejando suposiciones y situaciones que van en su desmedro, poniendo en riesgo su libertad; 3) Los hechos sucedieron el 29 de marzo de 2016 y el inicio de investigaciones fue puesto a conocimiento de la autoridad jurisdiccional, recién el día 30 del referido mes y año, hasta ese entonces no hubo autoridad que haya dispuesto el allanamiento, el secuestro y demás actos realizados por los policías y el representante del Ministerio Público; y, 4) En el mencionado allanamiento fueron retenidas personas que se encontraban en la oficina, habiendo sido secuestrados incluso teléfonos particulares, así como documentos que nada tenían que ver con el caso del supuesto amparo constitucional, con dichos actos fueron vulnerados los derechos a la defensa, presunción de inocencia y al trabajo.