Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0679/2016-S1
Fecha: 15-Jun-2016
II.1.
II.1. Memorial presentado el 30 de marzo de 2016 a horas 9:38, por el Fiscal de Materia informando al Juez de Turno el inicio de investigaciones dentro de la denuncia formulada por Jhony Walter Castelú Coca contra Fernando Elías Ganam Cortez, Milton Hugo Mendoza Miranda y Vladimir Flores por la presunta comisión de los delitos de consorcio de jueces, fiscales, policías y abogados, cohecho pasivo y cohecho activo; providencia de igual mes y año, suscrita por el Juez Segundo de Instrucción Anticorrupción y Violencia Contra la Mujer, señalando entre otras cosas tener presente la comunicación de inicio de investigaciones preliminares (fs. 20 a 22).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 7
- III.1. De la naturaleza de la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.3. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- en los supuestos en que la norma procesal ordinaria de manera específica prevea medios de defensa eficaces y oportunos para resguardar el derecho a la libertad supuestamente lesionado, estos deben ser utilizados, previamente, circunstancia en la que excepcionalmente, el recurso de habeas corpus operará de manera subsidiaria
- 2.
- Fragmento 13
- III.4. Análisis en el caso concreto
- CONFIRMAR