SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0699/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0699/2016-S3

Fecha: 14-Jun-2016

salvo que incurrieran en excesos contrariando o alterando las determinaciones de la autoridad judicial

De acuerdo a lo desarrollado en el Fundamento Jurídico III.2. del presente fallo constitucional, las y los jueces son los servidores que ejercen la administración de justicia, entre tanto que las y los Secretarios, Actuarios y Oficiales de Diligencias, no tienen facultades jurisdiccionales, sino que están obligados a cumplir instrucciones del Juez, por lo que no tienen legitimación pasiva para ser demandados en el entendido que no asumen determinaciones de orden jurisdiccional dentro de los procesos, salvo que incurrieran en excesos contrariando o alterando las determinaciones de la autoridad judicial.