SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0707/2016-S3
Fecha: 14-Jun-2016
concedió
La Sala Penal Tercera del Tribual Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 02 de 16 de marzo de 2016, cursante de fs. 39 a 41, concedió la tutela solicitada y dispuso dejar sin efecto el mandamiento de aprehensión de 14 de marzo de 2016, en base a los siguientes fundamentos: 1) Las autoridades demandadas se extralimitaron, puesto que, debieron considerar el impedimento justificado del testigo -accionante- para diferir su declaración y no librar de manera directa el mandamiento de aprehensión; y, 2) Respecto a la aplicación del art. 199 del CPP, implica vulnerar un principio que hace a la concentración e inmediación; por lo que, no es viable jurídicamente conceder la tutela; toda vez que, el proceso se encuentra en etapa de juicio oral.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- i)
- III.1. Obligación del testigo de comparecer a declarar ante el juez o tribunal, cuando éste sea citado
- Fragmento 9
- Fragmento 10
- III.3.1.
- Fragmento 12
- III.3.2. Respecto a la solicitud de prestar su declaración testifical por comisión