SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0719/2016-S3
Fecha: 17-Jun-2016
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro la ampliación de la denuncia efectuada por Juan Pablo Navarro Wieler ante el Ministerio Público, por la presunta comisión del delito de tentativa de asesinato, el 19 de enero de 2016, Lucio Hinojosa Quinteros y José Ausberto Parra Heredia, Fiscales de Materia -ahora demandados- emitieron la Resolución de aprehensión en su contra y otros, misma que carece de fundamentación, toda vez que, no contiene los suficientes elementos de convicción para sostener que su persona es con probabilidad autora o partícipe del delito investigado, puesto que dicha determinación fiscal, simplemente tiene como fundamento y base, el informe del investigador asignado al caso, la declaración de Esteban Adolfo Barroso Lewanstain, y el supuesto cumplimiento de la SC 0191/2004-R de 9 de febrero.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III.
- el Código de procedimiento penal al prever la existencia de un órgano jurisdiccional competente para conocer y resolver de manera directa y expedita, las supuestas vulneraciones a los derechos y garantías que pudieran tener origen en los órganos encargados de la persecución penal
- En los casos en los que ya se cumplió con dicha formalidad procesal, es decir, con el aviso del inicio de la investigación, al estar identificada la autoridad jurisdiccional, es ante ella donde se debe acudir en procura de la reparación y/o protección a sus derechos
- CONFIRMAR