SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0725/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0725/2016-S3

Fecha: 22-Jun-2016

denegó

El Juez Público Civil y Comercial Décimo del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 39/16 de 11 de marzo de 2016, cursante de fs. 439 a 442 vta., denegó la tutela solicitada, pero recomendó el levantamiento de un inventario de todos los bienes, derechos y acciones para el resguardo del bien a cargo de Adhemar Suárez Salas y Ramiro Claros Rojas, a quienes nombró interventores y María Luisa Lozada, Notaria de Fe Pública, bajo el siguiente razonamiento: a) La acción de amparo constitucional fue interpuesta dentro del plazo de seis de meses computables a partir del “…8 de marzo…”(sic), motivo por el que las personas demandadas en la ampliación de acción quedan excluidas; b) La SCP 1450/2015 de “…19 de febrero de 2016…” (sic), resolvió dejar sin efecto la resolución para llevar adelante una elección y otra Resolución de 12 de octubre de 2015, que suspendió todo acto eleccionario, decisión última que se encuentra en revisión ante el Tribunal Constitucional Plurinacional y que no fue objetada por la parte accionante; c) No es competencia del Juez de garantías establecer cuál comité electoral o Directiva tiene derecho a ingresar al edificio del ICACRUZ; y, d) La vulneración de los derechos no fue acreditada.