SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0725/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0725/2016-S3

Fecha: 22-Jun-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

En cumplimiento de una “…Sentencia Constitucional de fecha 26 de febrero del año 2015…” (sic) fue emitida la convocatoria para la elección de la Directiva del ICACRUZ, realizada el 7 de septiembre del mismo año y que permitió su elección como integrante del nuevo Directorio y de los miembros del Tribunal de Honor; sin embargo, cuando intentaron tomar posesión física del edificio institucional el 8 de igual mes y año, el demandado Raúl Roca Arteaga y otras personas, usurpando funciones y con actos de hecho aseguraron con llave las cerraduras de ingreso a la oficina de Presidencia y otras dependencias, imposibilitando su ingreso a las instalaciones señaladas, el ejercicio de derechos y responsabilidades institucionales, más la realización de un inventario y auditoría en la institución. 

El “24 de febrero” (sic) y con intervención notarial, intentaron ingresar a las instalaciones referidas supra; empero, Raúl Roca Arteaga impidió su cometido con grosera prepotencia, actitud que se produjo después de la emisión de la               SCP “…1450/2015-S2…” (sic), que denegó a los ahora demandados la pretensión de mantenerse como miembros de la Directiva del ente colegiado.