SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0733/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0733/2016-S3

Fecha: 22-Jun-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 1 de mayo de 2015, fue contratado por la CBN para desempeñar el cargo de Promotor de ventas y apoyo logístico a las tiendas de barrio, hasta que el 31 de julio de igual año, fue suspendido de sus funciones debido a una acusación falsa de malos manejos de los productos de la compañía y de recibir dinero, sin que la misma haya sido probada por sus superiores, por lo que le obligaron a presentar una carta de renuncia o de lo contrario, sería procesado penalmente o despedido, sin considerar que cumplió su trabajo con eficiencia.

Frente a tal situación, acudió ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social para solicitar su reincorporación, alegando que goza de inamovilidad laboral, por el estado de gestación de su esposa, quien “a la fecha” se encuentra en el octavo mes de embarazo; y en audiencia llevada a cabo en esa instancia, la parte empleadora lo acusó de abandono de trabajo, cuando su persona en ningún momento incurrió en dicha falta.

Posteriormente, la Jefatura Departamental de Trabajo, Empleo y Previsión Social de La Paz, dictó la Conminatoria J.D.T.L.P./48-VI-CPE/D.S. 0496/LFJG/035/2015 de 28 de agosto, disponiendo su reincorporación laboral, misma que fue notificada a la empresa CBN -hoy demandada- el mismo día, dando lugar a que esta, el 10 de septiembre de 2015, presentara recurso de revocatoria, que fue resuelto por dicha Jefatura por Resolución Administrativa (RA) 497-15 de 5 de octubre de 2015, la cual luego de ser impugnada vía recurso jerárquico, fue confirmada por Resolución Ministerial (RM) 066/16 de 25 de enero de 2016, manteniendo firme la Conminatoria, misma que a la fecha de presentación de esta acción tutelar, aun no fue cumplida.