Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0733/2016-S3
Fecha: 22-Jun-2016
II.1.
II.1. Por memorando RRHH-041/15 de 8 de agosto de 2015, el Jefe Regional de Ventas de la CBN, llamó severamente la atención a Luis Eduardo Hannover Góngora -hoy accionante-, por no haber asistido a su fuente de trabajo, los días 7 y 8 de igual mes y año, ocasionando perjuicios al normal desarrollo de las actividades de la empresa, siendo puesto a conocimiento del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social el 10 del mismo mes y año (fs. 69 a 71).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- “improcedente”
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Presupuestos de inejecutabilidad de las conminatorias de reincorporación laboral
- Empero, de verificarse en esta instancia constitucional, que dicha conminatoria adolece de irregularidades
- III.2.1. Consideración previa
- III.2.2. Resolución del caso
- i)
- CONFIRMAR