Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0751/2016-S3
Fecha: 29-Jun-2016
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución de 21 de marzo de 2016, cursante de fs. 224 a 227, pronunciada por la Jueza Pública en lo Civil y Comercial Segunda de Yacuiba del departamento de Tarija; y en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada, con la aclaración de no haberse ingresado al análisis de fondo de la problemática planteada.
- acción de amparo constitucional
- ES EVIDENTE EL USO DE LA MP2 Y MP3, LOS QUE SE UTILIZARON PARA FORTALECER EL ERROR EN LA FAMILIA DIAZ ARANDIA MODO OPERADO TAMBIEN CON WILSON ABRAHAM VARGAS CABRERA, QUIEN TAMPOCO JUSTIFICA LEGALMENTE EL ORIGEN DEL DINERO
- I.1.2. Derecho y garantía supuestamente vulnerado
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Demostrando ante esta justicia constitucional que se abre su competencia en miras a revisar un actuado jurisdiccional
- III.2. Análisis del caso concreto
- errónea valoración de la prueba
- CONFIRMAR