Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0751/2016-S3
Fecha: 29-Jun-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante por medio de su representante denuncia la lesión de su derecho al debido proceso en su vertiente al juez imparcial; toda vez que, dentro del proceso penal seguido en su contra, presentó recusación contra los Jueces Técnicos del Tribunal Segundo de Sentencia Penal de Yacuiba del departamento de Tarija Norah Margoth García Cabrera de Chavarría y Marcelo Prieto Balanza por haber fungido como Jueces en un anterior proceso penal en el que la declararon culpable valorando la declaración testifical del acusador del segundo proceso instaurado en su contra y por ende adelantando criterio, su solicitud fue rechazada y posteriormente confirmada por las demás autoridades codemandadas.
- acción de amparo constitucional
- ES EVIDENTE EL USO DE LA MP2 Y MP3, LOS QUE SE UTILIZARON PARA FORTALECER EL ERROR EN LA FAMILIA DIAZ ARANDIA MODO OPERADO TAMBIEN CON WILSON ABRAHAM VARGAS CABRERA, QUIEN TAMPOCO JUSTIFICA LEGALMENTE EL ORIGEN DEL DINERO
- I.1.2. Derecho y garantía supuestamente vulnerado
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Demostrando ante esta justicia constitucional que se abre su competencia en miras a revisar un actuado jurisdiccional
- III.2. Análisis del caso concreto
- errónea valoración de la prueba
- CONFIRMAR