DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0074/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0074/2016

Fecha: 19-Jul-2016

II.

II. También forman parte del Concejo Municipal los representantes de los Distritos Indígena Originario Campesinos de la jurisdicción municipal, elegidos según sus normas y procedimientos propios en el marco de lo establecido en el artículo 284 parágrafo II de la Constitución Política del Estado y normativa vigente…”.

II. En los Distritos Municipales las Subalcaldesas o Subalcaldes serán designadas o designados tomando en cuenta el equilibrio y alternancia de género. En los Distritos Municipales Indígena Originario Campesino, las Subalcaldesas o Subalcaldes serán elegidas y elegidos por normas y procedimientos propios. Las Subalcaldesas o Subalcaldes de los Distritos Municipales y de los Distritos Municipales Indígena Originario Campesino, serán posesionados por la Alcaldesa o Alcalde Municipal”.

II.   En el plazo máximo de doce (12) meses de entrada en vigencia la presente Carta Orgánica deberá sancionar: La Ley Municipal de la Carrera Administrativa, Ley Municipal de Procedimientos Administrativos, Ley Municipal de Bienes de Dominio Público, Ley Municipal de Bienes y Servicios, y Ley de Descentralización Municipal.