SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0712/2016-S1
Fecha: 06-Jul-2016
1)
José Teófilo Ordóñez Durán, Vicerrector de la UNIPOL “Mariscal Antonio José de Sucre”, mediante su representante, en audiencia informó que: 1) Conforme a procedimiento, una vez pronunciada la Resolución de Recurso Jerárquico, se devolvió el expediente a la ANAPOL para su remisión al Departamento de Instrucción para su archivo y registro en los diferentes departamentos de la Academia, todo en aplicación del art. 62 del Reglamento de Régimen Disciplinario, la Ley de Régimen Disciplinario de la Policía Boliviana solo se aplica al personal y funcionarios policiales en servicio; y, 2) Como instancia superior, su labor concluye con la emisión de la Resolución de Recurso Jerárquico y la devolución del expediente a la ANAPOL.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- Fragmento 6
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético-morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2.De la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre la sustracción de materia en acciones de amparo constitucional
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17