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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0769/2016-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0769/2016-S3

    Fecha: 04-Jul-2016

    II.2.

    II.2.  Por Auto Administrativo 0030/2015 de 4 de noviembre, Teresa del Rosario Borda Rocha, Directora Ejecutiva Regional a.i. de la ARIT Cochabamba -ahora demandada-, autorizó la aplicación de la anotación preventiva de nueve motorizados y la retención de fondos del ahora accionante, hasta la cuantía necesaria y siempre y cuando  dicha anotación preventiva no pueda garantizar el pago de la deuda tributaria (fs. 51 a 54).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
    • a)
    • I.2.3. Intervención del tercero interesado
    • denegó
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 9
    • 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa
    • i)
    • provisionalidad,
    • CONFIRMAR

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