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    AUTO CONSTITUCIONAL 0185/2016-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0185/2016-CA

    Fecha: 05-Ago-2016

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    • Tribunal de Sentencia Penal Quinto del departamento de Santa Cruz
    • I.1. Síntesis de la solicitud de la parte
    • a)
    • denegó
    • II.2.  Marco normativo constitucional y legal
    • II.3.
    • no sólo basta con precisar cuál es la norma constitucional o normas constitucionales que supuestamente son vulneradas por la norma impugnada de inconstitucional, ya que dicho aspecto por sí mismo, no es causal para que éste Tribunal pueda ingresar a realizar la contrastación correspondiente, debiendo cumplirse en todo caso los requisitos exigidos, toda vez que se debe realizar una fundamentación adecuada
    • a efectos de ejercer el control de constitucionalidad en la acción de inconstitucionalidad en lo concreto, al igual que en la acción abstracta, es indispensable que la o el accionante identifique con claridad la disposición impugnada y las razones por las que cree o entiende que dicha norma acusada de inconstitucional es presuntamente contraria a la Ley Fundamental.
    • RATIFICAR

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