AUTO CONSTITUCIONAL 0192/2016-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0192/2016-CA

Fecha: 11-Ago-2016

Cuando carezca en absoluto de fundamentos jurídico constitucionales que justifiquen una decisión de fondo

Ahora bien, de lo relacionado precedentemente, se extrae que la inobservancia de estos requisitos hace inviable el ejercicio de un verdadero control de constitucionalidad; por lo que, antes de ingresar al análisis de fondo de la demanda de inconstitucionalidad presentada, es necesario que se revisen estos actos por la Comisión de Admisión de este Tribunal Constitucional Plurinacional.