AUTO CONSTITUCIONAL 0192/2016-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0192/2016-CA

Fecha: 11-Ago-2016

rechazó

Por Resolución 31/2016 de 10 de mayo, cursante de fs. 69 a 70 vta., la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, fundamentando que: i) de acuerdo al art. 73.2 del Código Procesal Constitucional (CPCo), esta acción debe contener los requisitos exigidos por el art. 24.I del CPCo y cumplir con lo previsto en los arts. 79 y 80 de la citada norma; según el accionante de la declaratoria de la constitucionalidad o inconstitucional del articulo impugnado dependerá la resolución a pronunciarse dentro de la causa principal, norma que permite la prescripción de las sanciones impuestas en perjuicio de los intereses económicos del Estado, cuando la Ley Fundamental prevé la imprescriptibilidad de las deudas por causar daño económico a toda la sociedad; y, ii) Pide se promueva la presente acción, sin precisar los argumentos por los cuales considera que la disposición legal impugnada contraviene a la Constitución Política del estado, incumpliendo el deber de debida fundamentación, de manera que no corresponde promover la acción de inconstitucionalidad concreta solicitada.