AUTO CONSTITUCIONAL 0231/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0231/2016-RCA

Fecha: 09-Ago-2016

el derecho violado y/o el acto ilegal que se acusa a la autoridad demandada de manera objetiva

El Juez Público de Familia Cuarto del departamento de La Paz, mediante providencia de 11 de julio de 2016, cursante a fs. 37, dispuso que en el término establecido en el art. 30.I.1. del Código Procesal Constitucional (CPCo), los accionantes subsanen los siguientes aspectos: “a) Especificar en forma clara y precisa los hechos que le sirven de fundamento, la relación de causalidad entre estos, el derecho violado y/o el acto ilegal que se acusa a la autoridad demandada de manera objetiva, identificando cada derecho lesionado y explicando los motivos por los que considera lesionados así como la forma que se habrían vulnerado.