AUTO CONSTITUCIONAL 0231/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0231/2016-RCA

Fecha: 09-Ago-2016

i)

Refirieren que: i) Hasta la fecha de interposición de la presente acción tutelar, no se dictó un auto de vista sobre la apelación de la Resolución 320/2015, tampoco se notificó a la parte apelante, por lo que no se puede computar el plazo de los seis meses; a su vez observan la existencia de retardación de justicia, en contraposición a los principios constitucionales de justicia pronta y oportuna; y, ii) Resaltan el hecho de la aplicación de la excepción al principio de subsidiariedad, conforme lo previsto por el art. 54.II del CPCo.