SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0674/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0674/2016-S2

Fecha: 08-Ago-2016

II.8.

II.8.    La Jueza Primera de Instrucción de Familia del departamento de La Paz, mediante Auto de 18 de enero de 2016, dispuso “Encontrándose legalmente notificadas las partes con la liquidación de fs. 338 de obrados sin que las mismas hayan interpuesto observación alguna en su contra se la declara plenamente probada debiendo el obligado cancelar el importe total de la misma dentro de tercero día de su notificación con el presente Auto bajo conminatoria de ley” (sic) (fs. 26 vta.).