SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0702/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0702/2016-S2

Fecha: 08-Ago-2016

II.3.

II.3.  Por Resolución Sancionatoria en Contrabando, AN-GROGR-ULEOR 007/2011 de 12 de julio, el Gerente Regional Oruro a.i. de la Aduana Nacional de Bolivia, declaró “PROBADA” la comisión de la contravención aduanera por contrabando tipificado por el artículo 181 incs. a), b) y d) del CTB, contra de Miguel Capuma Rafael con cédula de identidad (CI) 3115598 Oruro, representante de la Empresa “Gilmar Express Service S.R.L.”; Pedro Albares Claros, conductor con C.I 3797561; y, Manuela Morales -consignataria-, disponiendo el pago solidario de la multa del 100% del valor de las mercancías objeto de contrabando conforme al art. 181.II del CTB, suma que asciende a UFV182 422,27.- (ciento ochenta y dos mil cuatrocientos veintidós 27/100 unidades de fomento a la vivienda), además de los tributos omitidos que ascienden a UFV48 222,00.- (cuarenta y ocho mil doscientos veintidós 00/100 unidades de fomento a la vivienda) actualizables a la fecha de pago; importe a ser cancelado en el plazo de tres días de ejecutoriada la Resolución, bajo conminatoria de cobro coactivo establecido en la Sección VII del Capítulo II, Título II del Código Tributario Boliviano. (fs. 27 a 32). Resolución que fue notificada al demandante de tutela, a horas 15:30 del 13 de julio de 2011, en Secretaría de la Gerencia Regional Oruro de la Aduana Nacional (fs. 34).