Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0705/2016-S2
Fecha: 08-Ago-2016
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución de 3 de mayo de 2016, cursante de fs. 333 a 341, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Overdan Javier Flores Pedriel en representación legal de “COBOCE LTDA.” contra Cesar Vladimir Villarroel Franco, Jefe Departamental del Trabajo, Empleo y Previsión Social de Cochabamba.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- contra los actos u omisiones ilegales o indebidos de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman, o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Constitución y la ley’
- III.2. La teoría del hecho superado en la acción de amparo constitucional
- debe establecerse que en caso de corregirse o enmendarse cualquier situación fáctica que configure los elementos esenciales de la pretensión del amparo, evidentemente desaparece el objeto de la tutela y por tanto, es plenamente aplicable la teoría del hecho superado, reconocida por la línea jurisprudencial antes señalada y por tanto en estas circunstancias, la tutela debe ser denegada
- CONFIRMAR