SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0713/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0713/2016-S2

Fecha: 08-Ago-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Mientras desempeñaban sus funciones, la encargada de Recursos Humanos (RR.HH.) de la entidad demandada, de manera arbitraria les indicó que ya no eran más trabajadores y sin ninguna explicación o aviso previo procedió a echarlos de sus fuentes de trabajo; en vista de ello, interpusieron denuncia laboral ante la Jefatura Regional del Trabajo de Yacuiba, dependiente del Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social, que luego se convirtió en denuncia por despido injustificado.

Refieren que luego de la denuncia se dio inicio al procedimiento administrativo ante la Jefatura Regional de Trabajo de Yacuiba, que concluyó con la emisión de la conminatoria JRTY-RPT 004/2016 de 21 de marzo, por la cual se exige al responsable de SETAR, a la reincorporación de sus personas al mismo puesto laboral, por despido injustificado, sin descuentos y dentro del plazo de tres días de su notificación, la misma que se cumplió el 22 del mes y año señalados y hasta el 6 de abril del mismo año no se procedió con la reincorporación.