SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0775/2016-S1
Fecha: 10-Ago-2016
III.5. Análisis del caso concreto
De la revisión de los antecedentes, se constata que por mandamiento de libertad de 15 de abril de 2016, el Juzgado Primero de Ejecución Penal del departamento de Cochabamba, ordenó la libertad del ahora accionante, encomendando su cumplimiento al Director del Centro de Rehabilitación “San Antonio” del mismo departamento; sin embargo, la autoridad demandada en su labor de verificación sobre la existencia de otras órdenes, encontró que en el file personal del accionante existía un segundo mandamiento de condena, emitido por el Juzgado Cuarto de Instrucción en lo Penal del referido departamento, de 14 de enero de 2016, por la comisión del delito de estafa, previsto y sancionado en el art. 335 del Código Penal (CP); por lo que, determinó no hacer efectiva la libertad que se tenía dispuesta.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- ;
- III.3.
- resulta implícito el deber jurídico que recae sobre la Gobernación de la cárcel de tomar las debidas previsiones para evitar que alguien pueda ser puesto en libertad teniendo otros mandamientos pendientes o que el mandamiento de libertad pueda contener alguna falsedad material o ideológica, lo cual le impele a tener que verificar y solicitar la información pertinente y revisar previamente los registros antes de dar curso al mandamiento
- III.4.
- Reglas que no son limitativas, pues al margen de velar porque se respeten los derechos y garantías del detenido, tienen también la alta responsabilidad que les asigna la ley, de evitar que el interno que estuviese detenido por orden de otras autoridades se evada, burlando a la justicia, lo que le generaría igualmente responsabilidad…”’
- III.5. Análisis del caso concreto
- están obligados a verificar si existe alguna otra orden o mandamiento pendiente contra la persona que quiera hacer valer su mandamiento de libertad, de la misma forma determinar si ésta es auténtica, entre otras verificaciones
- CONFIRMAR