SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0775/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0775/2016-S2

Fecha: 22-Ago-2016

denegó

La Jueza Pública Segunda de Familia del departamental de Oruro, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 01/2016 de 11 de mayo, cursante de fs. 60 a 64, denegó la tutela solicitada, en base a los siguientes fundamentos: 1) No obstante haber interpuesto el recurso de apelación y solicitado la complementación en la admisión del recurso, la peticionante de tutela acudió directamente a la acción de amparo constitucional, sin considerar la naturaleza subsidiaria de la misma, acudiendo paralelamente a la jurisdicción ordinaria así como a la constitucional, cuando debió esperar la definición del recurso de apelación respecto de la Resolución que consideró le causó agravios y al no haberlo hecho, no es posible ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada por cuanto no ha agotado la vía ordinaria como medio idóneo para restablecer los derechos que denuncia como lesionados; y, 2) En cuanto a la excepción al principio de subsidiariedad invocado, el art. 54.II del CPCo. Señala: “II. Excepcionalmente, previa justificación fundada dicha acción  será viable cuando; 1. La protección pueda resultar tardía. 2. Exista la inminencia  de un daño irremediable e irreparable a producirse de no otorgase la tutela”, situación que en la problemática planteada no aconteció.