Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0783/2016-S1
Fecha: 25-Ago-2016
II.4.
II.4. Mediante memorial de 31 de marzo de 2015, Mario Choque Ramírez presento recurso de apelación contra la Resolución citada ut supra, con el argumento de que los miembros del Tribunal Disciplinario de la Policía Boliviana no observaron la prueba de descargo presentada y mucho menos dieron cumplimiento a lo establecido en los arts. 51; 52.1, 2 y 3; y, 89 del Reglamento de Faltas Disciplinarias y Sanciones de la Policía Boliviana (fs. 44 a 52).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.4.
- II.5
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.3. Improcedencia de la acción de amparo constitucional por el principio de inmediatez
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR