SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0784/2016-S1
Fecha: 25-Ago-2016
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución de 26 de abril de 2016, cursante de fs. 121 a 126 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Rosse Mary Apaza Paz contra David Ovando Vásquez, Rector; Elva Trigo Castro, Judith Rosmery Martínez Yapura, Lucinda Claros García, Víctor Freddy Paco Vargas, Elsa Romero Ledezma, Virgilio Pascual Chambi, Zinaida Rivas Linares, Gladys Pilar Cossio Herrera, Vitalia García Mejía, María Irma Quiroga Rojas, María Yolanda Claros Zenteno, Elizabeth Mónica Lafuente Ojalvo, Gilka Rocio Alanes Calvi, Luz Mery Aguila Zárate, Shirley Maribel Ortiz Torrico, Jhonny Juan Montaño Bautista, Marco Antonio Iporre España, Remberto Trigo Castro, Germán Cuéllar Tordoya, Gualberto Nina Crespo, Fanny Janeth Gallardo de la Quintana, Encarnación Mancilla Camacho, Profesores; Álvaro Soza Salazar y Yobana Quinteros Carrillo, Presidente y Vicepresidente del Centro de Estudiantes, todos del Instituto Técnico Nacional de Comercio “Federico Álvarez Plata”.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético-morales de la sociedad plural y los valores que sustentan el Estado boliviano
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.3. Sustracción de objeto del amparo constitucional por haberse extinguido la causa que motivó su interposición.
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR