SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0791/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0791/2016-S2

Fecha: 22-Ago-2016

Fragmento 24

Por Resolución Administrativa de Adjudicación 023/15 de 7 de octubre de 2015, la CPS les adjudicó por segunda vez, la compra de formularios, por lo que, el 8 del mismo mes y año, el Gerente General de “Medical Store”, comunicó nuevamente a Miguel Ángel Centellas Herrera, Responsable del Proceso de Contratación, que el 10 de septiembre de 2015, fueron notificados mediante el SICOES con la sanción impuesta por la CNS de impedimento de participar en procesos de contratación, motivo que les impide presentar documentos para la suscripción de contrato; sin embargo, el 20 de octubre de 2015, por nota CITE: AD/CB/ADM/1406/15, Miguel Ángel Centellas Herrera, en su calidad de Administrador Departamental a.i., de la CPS, solicitó al Banco Pyme de la Comunidad, la ejecución de la boleta de garantía a primer requerimiento por Bs5 500.- y el 9 de noviembre de 2015, mediante carta notariada CITE: AD/CB/AL/517/15, puso a conocimiento de André Nicolás Terrazas Montenegro, Gerente General de “Medical Store”, el incumplimiento en la entrega de documentos para firma de contrato dentro del proceso de compra de formularios, en consecuencia, pasible a la sanción estipulada en el art. 43 inc. i) del DS 181, hecho que será publicado en el SICOES.